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El ejercicio profesional de la ingeniería

El título de la universidad no alcanza para firmar: hace falta la matrícula del consejo o colegio de la jurisdicción donde se trabaja.

Título habilitante Actividades reservadas Matrícula Consejos profesionales COPITEC

01Del título a la firma

Recibirse no alcanza para firmar. Entre el título universitario y el primer plano firmado hay dos pasos que regula el derecho:

  1. El título habilitante, expedido por una universidad con una carrera acreditada, que define para qué está capacitado el graduado.
  2. La matrícula en el consejo o colegio profesional de la jurisdicción donde se va a trabajar, que habilita a ejercer y somete al profesional al control de ese organismo.

Firmar como ingeniero sin matrícula es ejercicio ilegal de la profesión, y un documento firmado así no tiene valor ante los organismos que lo exigen.

02Alcances y actividades reservadas

La Ley de Educación Superior (ley 24.521) incluye en su artículo 43 a las carreras cuyo ejercicio puede comprometer el interés público —la salud, la seguridad, los bienes de las personas—, y entre ellas está la Ingeniería Electrónica. Para esas carreras el Ministerio de Educación fija los contenidos mínimos, la carga horaria, la intensidad de la formación práctica y las actividades reservadas, y la CONEAU acredita periódicamente cada carrera.

Alcances del títuloActividades reservadas
Qué sonTodo lo que el graduado está capacitado para hacerLo que solo puede hacer quien tiene ese título, porque compromete el interés público
Quién las fijaCada universidad, en el plan de estudiosEl Ministerio de Educación, con el consejo de universidades (resolución 1254/2018)
ExclusividadNo: otros títulos pueden compartirlosSí, aunque pueden ser compartidas con otros títulos del mismo artículo

Las actividades reservadas de la Ingeniería Electrónica giran alrededor de diseñar, calcular y proyectar sistemas y equipos electrónicos, de telecomunicaciones y de control; dirigir y controlar su construcción, instalación y mantenimiento; certificar su funcionamiento y su seguridad; y proyectar y dirigir lo relativo a la higiene y seguridad en su actividad.

03La matrícula y los consejos profesionales

Como el control de las profesiones lo conservaron las provincias, la matrícula es local. En jurisdicción nacional —la Ciudad de Buenos Aires para los temas que dependen de la Nación y las actividades de alcance federal— rige el decreto-ley 6070/58, ratificado por la ley 14.467, que creó los consejos profesionales de ingeniería. Para los ingenieros electrónicos, el organismo nacional es el COPITEC, el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación. Cada provincia tiene su ley y su colegio o consejo; por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires, la ley 10.416 creó el Colegio de Ingenieros.

Función del consejo o colegioEn la práctica
Otorgar y controlar la matrículaVerificar el título y registrar al profesional
Registrar las encomiendasDejar constancia de qué trabajo firma cada profesional y para quién
Velar por la éticaTribunal de disciplina que aplica el código de ética
Defender el ejercicioDenunciar el ejercicio ilegal y asesorar a los matriculados

Quien trabaja en varias provincias necesita matricularse en cada una, aunque algunas tienen convenios de reciprocidad que simplifican el trámite.

04Formas de ejercicio

  • Libre: el profesional contrata directamente con sus comitentes, fija o conviene sus honorarios, factura y asume la responsabilidad por su trabajo.
  • En relación de dependencia: trabaja para una empresa o el Estado. Sigue siendo responsable profesionalmente por lo que firma, aunque la empresa le haya encargado la tarea.
  • Como representante técnico: una empresa que hace trabajos reservados necesita un profesional matriculado que responda técnicamente por ellos; es habitual en las empresas instaladoras y en la obra pública.

05Los honorarios

Durante décadas los honorarios de la ingeniería se fijaron por aranceles obligatorios. Desde la desregulación de 1991 se pactan libremente entre el profesional y el comitente, y los aranceles de los consejos quedaron como referencia. Siguen siendo importantes en dos situaciones: cuando no se pactó el precio, porque el juez los usa para fijarlo; y en los honorarios de los peritos en un juicio.

Pactar el honorario por escrito, junto con el alcance del trabajo, evita la mayoría de los conflictos con los clientes.

06Dónde aparece en la electrónica

TrabajoPor qué exige un matriculado
Proyecto de una estación de radiodifusiónEl ENACOM pide la firma de un profesional habilitado
Instalación de telecomunicaciones de un edificioLos códigos de edificación exigen el proyecto y la dirección de un profesional
Certificado de funcionamiento de un sistema de detección de incendiosLo firma un profesional que asume la responsabilidad
Informe técnico para una aseguradoraTiene valor en tanto lo firme alguien habilitado

07Actividades

Actividad 1 · Averiguar la matrícula local

Averiguar qué organismo matricula a los ingenieros electrónicos en la provincia donde se vive, qué ley lo creó, qué requisitos pide y cuánto cuesta la matrícula anual.

Actividad 2 · Leer las actividades reservadas

Buscar el anexo de la resolución ministerial que fija las actividades reservadas de la Ingeniería Electrónica y compararlo con los alcances del título en el plan de estudios de la facultad.

Actividad 3 · Una encomienda

Buscar en el sitio del consejo profesional el formulario de encomienda o de registro de tareas y completarlo para un trabajo ficticio.

08Errores frecuentes

  • Firmar sin matrícula en esa jurisdicción. Es ejercicio ilegal y el documento no sirve.
  • Confundir alcances con actividades reservadas. Estar capacitado no es lo mismo que tener exclusividad.
  • Creer que el empleado no responde por lo que firma. La responsabilidad profesional es personal.
  • Prestar la firma. Firmar un trabajo que no se hizo ni se controló es una falta ética grave y traslada toda la responsabilidad a quien firma.

09Autoevaluación

¿Qué dos requisitos hacen falta para ejercer como ingeniero?

El título habilitante y la matrícula en la jurisdicción donde se trabaja.

¿Qué artículo de la ley 24.521 incluye a la Ingeniería Electrónica entre las carreras de interés público?

El artículo 43.

¿Qué organismo matricula a los ingenieros electrónicos en jurisdicción nacional?

El COPITEC, creado bajo el decreto-ley 6070/58.

¿Qué es un representante técnico?

El profesional matriculado que responde técnicamente por los trabajos reservados que hace una empresa.

10Para ampliar

  • Decreto-ley 6070/58 y ley 14.467. Ejercicio de la agrimensura, la arquitectura y la ingeniería. InfoLEG. La norma nacional que organiza la matrícula y los consejos profesionales.
  • Ley de Educación Superior 24.521. Artículo 43 y sus resoluciones reglamentarias. InfoLEG. El régimen de las carreras de interés público y sus actividades reservadas.
  • COPITEC y el colegio o consejo de cada provincia. Sitio institucional. Información oficial de cada organismo. Requisitos de matrícula, registro de encomiendas, código de ética y aranceles de referencia.
Desarrollo del contenido «El ejercicio profesional de la ingeniería» de Legislación (tercer nivel), según el diseño curricular de Ingeniería Electrónica, Plan 2023 — Ordenanza N° 1849 del Consejo Superior de la UTN. Volver al Mapa de Temas · catto.ar